Gobierno de España. Ministerio de Hacienda Y Función Pública Secretaría General de Presupuestos y Gastos
Unión Europea

Proyectos aprobados en el periodo 2000-2006. Requisitos.

Para presentar el proyecto para su financiación con el Fondo, debe remitirse una solicitud de ayuda con los requisitos especificados en el artículo 10 del Reglamento 1164/1994, adjuntarse a la propuesta de los Estados una evaluación a priori, que permita a los países justificar la selección de los proyectos y explicar el impacto que tendrán sobre el medio ambiente.

La Comisión comprobará que se cumplen todas las condiciones para aprobar una financiación del Fondo de Cohesión. Para ello, se tienen en cuenta los criterios recogidos en el art. 10.5 del Reglamento:

  • las ventajas económicas y sociales a medio plazo del proyecto, demostradas por un análisis de costes y beneficios o coste-eficacia;
  • la participación del proyecto en la consecución de los objetivos comunitarios para el medio ambiente o la Red transeuropea de transporte;
  • el respeto de las prioridades establecidas por el Estado miembro;
  • la compatibilidad del proyecto con las demás políticas de la Comunidad y, por consiguiente, con las acciones emprendidas por los Fondos Estructurales comunitarios.

Las solicitudes deberán ser tramitadas por la Administración responsable de la ejecución del proyecto a través de la Unidad Gestora del Fondo de Cohesión, dependiente de la Dirección General de Fondos Europeos, del Ministerio de Economía y Hacienda,

A través de esta Unidad se coordina todo lo relativo a la gestión del Fondo, incluyendo la formación de la cartera de proyectos a presentar para su financiación con la dotación del Fondo para cada año y la tramitación de las solicitudes ante la DG Regio de la Comisión Europea.

Aquí puede descargar un fichero con el formulario de solicitud de ayuda:

  • Solicitud de ayuda para un proyecto, del Fondo de Cohesión.
  • Solicitud de ayuda para un Grupo de proyectos, del Fondo de Cohesión.

Los formularios de solicitud incorporan 4 Anexos: Anexo I, de documentación ambiental, Anexo II, de procedimiento de contratación, Anexo III, de análisis económico y financiero, y Anexo IV, Guía de informaciones epecíficas de proyectos de Medio Ambiente y de Transportes. Para cumplimentar el Anexo III se puede consultar la siguiente nota metodológica: nota metodológica , el documento de la Comisión Europea: Guide to cost-benefit analysis of investment projects. (Guía para el análisis coste-beneficios.) y la nota de 14/04/03 de la Comisión Europea: "Simplificación transparencia y coherencia en la evaluación de los grandes proyectos de infraestructuras públicas : Aplicación de cuatro normas básicas".

La Comisión Europea toma las decisiones de aprobación de ayuda del Fondo para los proyectos y comunica sus decisiones al Estado Miembro (Cfr. Art. 10.6 Reglamento 1164/1994). En el caso de España, lo comunica a través de la Dirección General de Fondos Europeos (Subdirección General de Fondos de Cohesión y Cooperación) del Ministerio de Economía y Hacienda.