Gobierno de España. Ministerio de Hacienda Y Función Pública Secretaría General de Presupuestos y Gastos
Unión Europea

Pagos intermedios

Los pagos intermedios podrán abonarse a condición de que el proyecto avance satisfactoriamente hacia su conclusión. Los pagos intermedios se efectuarán en concepto de reembolso de los gastos certificados y efectivamente pagados y se supeditarán al cumplimiento de una serie de condiciones recogidas en el Reglamento (CE) Nº 1164/1994.