El Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) es el nombre del fondo para las políticas marítima y pesquera de la UE propuesto para el periodo 2014-2020. Los principios inspiradores de este Fondo son: ayudar a los pescadores en la transición a la pesca sostenible, ayudar a las comunidades costeras a diversificar sus economías y financiar proyectos para crear empleo y mejorar la calidad de vida en las costas europeas, así como facilitar el acceso a la financiación.
El Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) fija además como eje horizontal los objetivos establecidos por la Estrategia Europa 2020, que incluyen un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como el desarrollo armónico de la Unión.
Por otro lado, recientemente se ha creado el nuevo Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), que insta a los Estados miembros a invertir para lograr que los sectores de la pesca y la acuicultura sean más competitivos y para desarrollar una economía azul sostenible, así como nuevos mercados y tecnologías. Proteger y restaurar la biodiversidad figuran también entre las prioridades. Al menos el 15% de las asignaciones presupuestarias nacionales deberán dedicarse a acciones para impulsar el control de la pesca y la recogida de datos, y para luchar contra la pesca ilegal e irregular.
Para incentivar el empleo de los jóvenes en las comunidades pesqueras, donde la media de edad de los trabajadores supera los 50, el nuevo Fondo podrá financiar la compra del primer barco, o la propiedad parcial (al menos el 33%) para los menores de 40 con al menos cinco años de experiencia, o un título acreditativo equivalente.
Otros aspectos relevantes:
- Los pescadores que interrumpan temporalmente su actividad por motivos de conservación recibirán compensación;
- Quienes tengan que desguazar su barco por el cese permanente de la actividad también tendrán apoyo;
- Financiación para la compra del equipamiento necesario para cumplir con las reglas europeas sobre desembarque y controles pesqueros como dispositivos para el rastreo de buques o para la notificación de capturas.
Las acciones enmarcadas en el Fondo no deberán conllevar un incremento de la capacidad pesquera, excepto si se deriva de manera directa del aumento del tonelaje bruto necesario para mejorar la seguridad, las condiciones laborales o la eficiencia energética.
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