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Hacienda aprueba dos Órdenes Ministeriales que configuran el sistema de información y gestión de los fondos del Plan de Recuperación

El BOE publica estas normas que suponen un gran avance para configurar el sistema de seguimiento y suministro de información sobre el cumplimiento de los hitos y objetivos necesarios para recibir los recursos de la UE.

Estas Órdenes vienen a complementar el modelo de gestión por objetivos del Plan de Recuperación, garantizando la actuación coordinada de todas las administraciones y el seguimiento de la gestión diaria del Plan las Órdenes Ministeriales publicadas en el BOE.

  • Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy dos Órdenes del Ministerio de Hacienda y Función Pública que regulan el sistema de gestión de los fondos europeos contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, estas normas definen el sistema de información y gestión, así como el suministro de información para hacer efectiva una evaluación sobre el cumplimiento de los hitos y objetivos contemplados en dicho Plan, tal y como exige la Comisión Europea para transferir los recursos.

A España le corresponden hasta 140.000 millones de euros en los próximos seis años procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia puesto en marcha por la UE para combatir la crisis generada por la pandemia de la COVID-19. Estos recursos pretenden, además de afianzar la recuperación económica y la creación de empleo tras la emergencia sanitaria, transformar el modelo productivo para acelerar la transformación ecológica, la digitalización, la cohesión social y territorial y la igualdad. El Plan de Recuperación responde a un modelo de gestión por objetivos, orientado a resultados, que debe ejecutarse en el marco normativo de referencia, definido por la Comisión Europea.

Es en este contexto donde se enmarca la aprobación de las dos Órdenes Ministeriales elaboradas por la Secretaría General de Fondos Europeos dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, que constituyen a su vez dos hitos del Plan. La primera de ellas hace referencia al sistema de gestión del Plan de Recuperación que recoge las medidas necesarias para lograr los siguientes objetivos:

  • Integrar las actuaciones de gestión que correspondan a las Administraciones Públicas y, en su caso, los actores privados.
  • Integrar las actuaciones de gestión que correspondan a las Administraciones Públicas y, en su caso, los actores privados.
  • Diseñar los mecanismos de planificación, coordinación y formación, imprescindibles para la ejecución del Plan.
  • Habilitar un sistema de información que haga posible el seguimiento del Plan para facilitar la toma de decisiones para su adecuado cumplimiento y concretar el resultado de las actuaciones, su justificación y la rendición de cuentas a la sociedad y a las instituciones.
  • Diseñar una estructura de Informes de Gestión con la finalidad de que los órganos responsables y gestores de las reformas e inversiones formalicen el resultado de sus actuaciones, en términos de hitos y objetivos, así como los recursos aplicados para su consecución.
  • Formalizar las Declaraciones de Gestión ante la Comisión Europea con seguridad jurídica, conforme el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo. En resumen, con esta norma se facilita el seguimiento y gestión del Plan, sobre la base de los principios de seguridad jurídica, coordinación y responsabilidad, con la idea de maximizar la absorción de los fondos asignados a España en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Sistema de información

La segunda Orden Ministerial aprobada hace referencia al suministro de información y seguimiento del Plan de Recuperación. El Sistema de Información es un instrumento fundamental para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Ha sido diseñado para la coordinación y seguimiento del Plan por los distintos agentes implicados en su ejecución -administración estatal, autonómica y local-, dando respuesta a las necesidades de planificación, gestión, control y rendición de cuentas.

Con esta herramienta, los responsables de los distintos niveles de las Administraciones Públicas desarrollarán sus capacidades de planificación, seguimiento y control de proyectos de inversión pública y reforzarán sus habilidades para la gestión preventiva, en particular, las que permiten anticiparse a los problemas y tomar decisiones que eviten incumplimientos.

Con la implantación del Sistema de Información se materializa la transformación del funcionamiento de las Administraciones Públicas hacia una cultura orientada a la gestión por objetivos, que tendrá su efecto tanto en la gestión de los fondos europeos como en otros ámbitos y cuyos resultados serán tangibles, también, en el largo plazo.