Las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía propio beneficiarias de los Fondos de Compensación Interterritorial se determinan en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada año (conforme lo establecido en la Disposición Adicional única de la Ley 22/2001, de 30 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial).
El criterio seguido en los últimos ejercicios es el de hacer beneficiarias a las regiones objetivo I de la política regional europea, regiones con un PIB per cápita (PPP) inferior al 75% de la media comunitaria. La Comunidad Autónoma de Aragón tiene un PIB superior, por lo que no percibe recursos de los Fondos de Compensación Interterritorial.
No obstante, en atención a las desigualdades interterritoriales que presenta la Comunidad Autónoma de Aragón, sobre las que la política regional no puede actuar suficientemente con los mecanismos existentes de carácter más general, la provincia de Teruel es objeto de una acción específica a través del Convenio para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel. Este Convenio prevé una dotación total de 30.050,60 miles de euros para cada uno de los años 2002 a 2006, financiados a partes iguales entre la Administración General del Estado y la Diputación General de Aragón".
Madrid, 2 de junio de 2003